La UIA y la ley de Abastecimiento

Durante una conferencia de prensa, autoridades de la entidad explicaron los motivos que sustentan el rechazo al proyecto modificatorio de la ley de Abastecimiento. Además, manifestaron las consecuencias negativas que traerá para la economía del país y la inversión la sanción de dicha ley.

28/08/2014


Tras haber concurrido al Senado para presentar la perspectiva de la UIA acerca del proyecto de ley impulsado por el Ejecutivo, representantes de la institución brindaron una conferencia de prensa en la sede de Avenida de Mayo. Durante el encuentro con los periodistas, Héctor Méndez (Presidente UIA) aseguró: “Si sale la ley, la junta directiva de la entidad deberá decidir qué se hace, pero esta conducción estima que hará una presentación ante la Justicia”.

José Ignacio de Mendiguren (Secretario UIA) señaló que se someterán a estudio las modificaciones con las que el proyecto tuvo dictamen en la Cámara Alta pero que “en el momento que estamos viviendo la energía debería estar puesta en cómo reactivamos la economía y revertimos los seis meses de caída de la actividad que venimos registrando”. “La inversión es un motor clave para la economía argentina, con este tipo de iniciativas no lo estamos incentivando, sino que estamos haciendo todo lo contrario”, aseguró Mendiguren.

Por su parte, Daniel Funes de Rioja (Vicepresidente UIA) mencionó que el actual proyecto de ley va en contra del artículo 76 de la Constitución Nacional que "prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejecución y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca". "El corazón de la ley son estas facultades discrecionales del poder administrativo", agregó el Vicepresidente 4º de la UIA.

En función de las objeciones realizadas a la ley, Martín Etchegoyen (Director Ejecutivo UIA) abordó las sanciones estipuladas por el proyecto de ley señalando que los aumentos extraordinarios suceden cuando existe posición dominante o cuando se da el fenómeno de cartelización. “Ambas situaciones están contempladas por la Ley de Defensa de la Competencia, pero el Gobierno no conformó el tribunal que sancionó esa norma en 1999”.

También fueron analizados otros conflictos derivados de una futura aplicación de la ley de Abastecimiento: podrá exigirse información comercial, estratégica y operativa en cualquier momento; se posibilita la cancelación de concesiones, beneficios fiscales y crediticios sin razón específica, más allá de la genérica de “asegurar la provisión de bienes y servicios esenciales”; la autoridad de aplicación tendrá la facultad de definir precios y márgenes de utilidad sin criterio alguno; se permitirá decomisar mercaderías y productos; está contemplada la posibilidad de definir cuánto debe producir una empresa y a qué precio.

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