Nomenclatura Común del Mercosur Sistema Armonizado 2007

El Grupo Mercado Común aprobó por Res. Nº 70/06, la IV Enmienda del Sistema Armonizado de designación y codificación de mercancías, según lo antecede la Organización Mundial de Aduanas.

28/12/2006
Se informa que en la Reunión del Grupo Mercado Común, realizada en Brasilia el pasado 13 de diciembre, se aprobó por Res. Nº 70/06, la IV Enmienda del Sistema Armonizado de designación y codificación de mercancías, según lo antecede la Organización Mundial de Aduanas. Por otra parte, queremos destacar dos excepciones de la Reglamentación, a tener en cuenta a partir de la vigencia, de la referida enmienda a raíz de la ausencia de las correlaciones definitivas entre las versiones de la NCM 2002 y 2007: 1.Directiva CCM Nº 10/06 - Régimen de Origen Mercosur: En el campo 9 del Certificado de Origen deberá utilizarse la NCM 2002 junto con la indicación de la NCM 2007, hasta tanto se apruebe la versión 2007 del Régimen, la que deberá estar finalizada antes del 31/03/2007. 2.Directiva CCM Nº 11/06 - Listado de Bienes contenidos en los Anexos I y II de la Decisión CMC Nº 37/05: La CCM ha sustituido las listas de bienes de estos Anexos por nuevas versiones, también en NCM 2002, a efectos de su utilización por las Aduanas. También antes del 31/03/07 deberá aprobarse la versión adecuada a la NCM 2007. Les recordamos que los bienes en cuestión son aquellos que reciben tratamiento de originarios a partir del 01/01/06 para su circulación y/o para su incorporación en procesos productivos, siempre que: a) tributan AEC 0% en los cuatro países (Anexo I) ó b) tienen 100% de preferencia cuatripartita y simultáneamente y sujetos a igual requisito de origen en los acuerdos suscriptos por el Mercosur (Anexo II). Para mayor información sobre el tema cliquear aquí

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