Importante: El Precio Estacional Sancionado promedio a partir del mes de octubre de 2009 vuelve a ser el correspondiente a la Res SE 1169. El mismo se había corregido (disminuyó) para los meses de junio, julio, agosto y septiembre adecuándose a las Resoluciones SE 652 y SE 669. Previamente se había incrementado en función de lo definido en la Res 1169, pasando de 49 a 58 $/MWh. Ver: LA SECRETARIA DE ENERGÍA, REGLAMENTA LA DISMINUCIÓN DE SUBSIDIOS. Mediante el contenido de la Nota SE Nº 287/08 y sucesivas, la Secretaria de Energía trata de inducir a los Usuarios, cuya potencia es igual o superior al 300 KW, pasen a comprar su energía (Demanda Base) en el MEM, ya sea directamente un Generador o mediante el Distribuidor, actuando este por cuenta y orden del Usuario.
El precio spot monómico de la energía (potencia + energía) en el Mercado Mayorista en Septiembre 2011 decreció un 35,8% respecto del mes anterior. Comparado con septiembre del año 2010 es un 2,07 % inferior.
La
demanda de energía del mes de Septiembre de 2011 continúa con la tendencia de los meses anteriores, teniendo un crecimiento de:
+ 3,8%, respecto al mismo mes del año interior.
La
demanda de potencia pico de Septiembre
18.648 MW, decreció respecto del mismo mes del año anterior en el que se produjo el record histórico de potencia generada en pico;
21.564 MW (01-08-2011).
Para preservar las reservas hidráulicas en función de la demanda se despacharon todos los ciclos combinados y todas las turbinas de vapor disponibles con gas, carbón y fuel oíl, sumado a generación forzada por requerimientos locales, quedando algunas turbinas de vapor y de gas disponibles fuera de servicio por cupo de gas natural.
El aporte por fuente en el mes de septiembre se distribuyó del siguiente modo; generación térmica 57,5%, hidroeléctrica 36,0% nuclear el 6,5%. Respecto a la generación de fuentes alternativas (eólicas y fotovoltaicas) no se tienen registros. La importación representó el 3,06% de la oferta total bruta de energía.
La oferta de la central nuclear
Embalse continúa reducida al 80% de su capacidad dado que se prepara para la parada correspondiente a la extensión de su vida útil.
.Aquellos usuarios que pagan excedentes por consumir por encima de su Demanda Base (2005) deben tener en cuenta que la Secretaria de Energía estableció a partir de agosto de 2011 los topes en 320 $/MWh para los GUMA/GUME y 455 $/MWh para los GUDI’s.
V
er notas relacionadas: - Precios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y Tarifas a Usuarios (
click aquí).
- Valorización de los Excedentes sobre la Demanda Base (
click aquí)
- Se están Facturando los Excedentes sobre la Demanda Base (
click aquí)
Los Usuarios cuya demanda de potencia esta por debajo de 300 KW pagan solamente el precio sancionado.
Fuente gráfico: CAMMESA