La Unión Industrial Argentina, expresa su preocupación por la modificación efectuada, a través del dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 414/11, a las condiciones de control y dirección de las compañías privadas en las cuales el Estado Nacional (ANSES) posee participación accionaria.
Preocupación de la Unión Industrial Argentina por injerencia estatal en la gestión empresaria
La Unión Industrial Argentina, expresa su preocupación por la modificación efectuada, a través del dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 414/11, a las condiciones de control y dirección de las compañías privadas en las cuales el Estado Nacional (ANSES) posee participación accionaria.
Conforme práctica mundialmente uniforme, cuando se estableció el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (Ley 24.241), marco original por el cual las compañías privadas abrieron su capital a las AFJP para financiar las inversiones que su actividad requería, se estableció una limitación respecto del ejercicio de voto de las AFJP, que se traducía en la especial preocupación del Estado Nacional por impedir que aquellas compañías intentaran controlar directa o indirectamente el gobierno de las sociedades objeto de sus inversiones.
Al aprobarse la Ley 26.425 (Sistema Integrado Previsional Argentino - SIPA), que derogó el régimen de capitalización gerenciado por las AFJPs, produjo la transferencia de los mismos activos, derechos y obligaciones que tenían bajo el régimen anterior las AFJP, manteniéndose expresamente la limitación anteriormente referida, la cual fue una condición esencial negociada en el Congreso de la Nación para lograr la sanción de la ley.
Esta posición fue explicitada en su momento en declaraciones del entonces Director Ejecutivo de la ANSES, Lic. Amado Boudou, con motivo de su defensa del proyecto de ley ante las comisiones del Congreso
Asimismo, no podemos dejar de resaltar que, el Decreto 414/11 busca justificar la eliminación de la limitación impuesta por la ley 24.241, al indicar que “el ANSES debe hacer valer su tenencia en igualdad de condiciones con el resto de los inversores, con el objeto de garantizar el conocimiento pleno del accionar de las sociedades en las cuales participa, resguardando los intereses y la preservación de los activos del fondo de afectación específica”. Este argumento tergiversa la realidad, ya que la restricción anteriormente citada no impidió ejercer los derechos de fiscalización, primero de las AFJP y luego del ANSES, por cuanto la limitación del 5% tiene su razón de ser en que ese es el porcentaje mínimo de tenencia accionaria previsto por la Ley de Sociedades Comerciales para que un accionista pueda ejercer todos los derechos que la ley otorga para defender la administración de sus activos, brindando por lo tanto la adecuada protección a quienes aportan al sistema de jubilaciones y pensiones, asegurando así esta parte del capital que acumularon con su esfuerzo de años.
Por otra parte, resulta llamativo que este cambio, que tiene un fuerte impacto en la actividad de las compañías, se lleve a cabo por un decreto de necesidad y urgencia. Las acciones en cartera de las AFJP se transfirieron a la ANSES entre diciembre del 2008 y enero de 2009, por lo cual, inexplicablemente en los considerandos del decreto se argumenta que existe una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes, y en base a ello, justificar el dictado del Decreto 414/11.
Adicionalmente, las declaraciones públicas de importantes dirigentes sindicales en el sentido de solicitar participación en los directorios de las empresas, junto a proyectos que promueven la cogestión sindical de las compañías, no hacen más que aumentar la incertidumbre sobre el efecto final de este tipo de medidas.
En virtud de los argumentos anteriormente expuestos, la Unión Industrial Argentina solicita se revea la medida adoptada, reiterando que dentro del marco jurídico y de control que todo Estado debe ejercer, la promoción de la actividad empresaria privada es una de las claves del progreso de nuestro país.
UNIÓN INDUSTRIAL ARGENTINA
13 de abril de 201