El texto rubricado por ambas instituciones establece una serie de recomendaciones que abordan de manera integral la situación de los trabajadores y las empresas en el marco del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. A tales fines, el acuerdo insta a generar las normas pertinentes que permitan la renovación por 60 días del conjunto de herramientas utilizadas en el período que finalizó el 31 de mayo. Por tal motivo, propone prorrogar la vigencia de las suspensiones pactadas, encuadradas en los términos del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y establecer las condiciones de la mayor celeridad posible para su homologación.
Ambas instituciones buscan mitigar el impacto de la pandemia brindando un marco de previsibilidad para trabajadores y empresarios. En este sentido, el acuerdo prevé el pago de una prestación no remunerativa equivalente al 75% del ingreso neto del trabajador, con la continuidad de los puestos de trabajo durante el tiempo en que se haga efectiva la suspensión. Se exceptúa de este tratamiento a los trabajadores dispensados de concurrir al lugar de trabajo por pertenecer a algún grupo de riesgo o tener más de 60 años, así como a quienes hayan acordado con sus empleadores continuar prestando servicios desde el lugar de aislamiento. El documento incluye el pedido de una vía automática de homologación para las suspensiones que se adhieran a sus términos por hasta 60 días.
Este acuerdo es fruto del esfuerzo conjunto que están realizando empresarios y trabajadores en el marco de una pandemia que afecta a todos los países. Preservar los puestos de trabajo existentes y garantizar la sustentabilidad de las industrias argentinas son los objetivos fundamentales de esta iniciativa conjunta. Se aguarda que en los próximos días el Poder Ejecutivo arbitre los medios necesarios para dar recepción normativa a la iniciativa.