La Secretaria de Energía ratificó la vigencia de la RESOLUCION MPFIPyS Nº 266/08. La norma introdujo importantes modificaciones en las Resoluciones SE 404/94 y SE 785/05 (entre otras) relativas a las Auditorias Técnicas, de Seguridad y Ambientales de los Tanques Enterrados y Aéreos de Hidrocarburos.
Los puntos más relevantes de la Res. 266/08 son:
•Dejó sin efecto la Resolución SE 222/07, mediante la cual se aprobó un convenio de asistencia técnica entre la Subsecretaría de Combustibles y la Cámara Argentina de Auditores – CADA.
•Instruyó efectuar en un plazo de 120 días, una revisión y auditoria integral sobre la aplicación e implementación de las Resoluciones SE 419/93, 404/94, 136/03, 800/04 y 785/05. (ART. 15°)
•Dispuso que las empresas auditoras que se encontraban ejecutando tareas y servicios en los cuales tenían pendientes la presentación de informes, los mismos deberían finalizar dentro de los 45 días contados a partir de la entrada en vigencia de la Res 266/08.(Art.14).
•Creó el Registro de UNIVERSIDADES NACIONALES para la realización de auditorias Técnicas, Ambientales y de Seguridad. Derogó el Apéndice III de la Res SE 785/05 correspondiente al Registro de Empresas (consultoras) del Programa de Prevención de Pérdidas de TAHs.
•Aclaró que será de competencia de las provincias y municipios, tomar las medidas que correspondan (s/ámbito de competencia que la normativa aplicable le otorga en cada caso) y en función de los informes presentados por las Universidades Auditoras.
•Describió en su Anexo I, los requisitos técnicos para el control de instalaciones (tanques aéreos y enterrados) que deberán ser realizados por Universidades Nacionales Registradas (idóneas en la materia).