Evolución del costo de la energía en el Mercado Spot vs. Precio Sancionado (Enero 2000 - Julio 2012)

El gráfico nos permite visualizar la diferencia en el precio de la energía que por la Demanda Base pagan los GUMA/GUME/GUDI (Compran su energía en el MEM de forma directa a un generador o mediante el distribuidor, que actúa por cuenta y orden), frente al precio promedio que pagan los usuarios que reciben la totalidad del servicio del Distribuidor.

23/08/2012
IMPORTANTE:
A partir de noviembre 2011 la Res SE Nº 1301/11 establece dos precios estacionales; Sin subsidios del Estado Nacional y Con Subsidios.

1) Sin Subsidios: La resolución modifica el precio estacional sancionado de la energía no subsidiada. El valor monómico (energía y resto de los cargos) será aproximadamente 320 $/MWh, (*) para el periodo noviembre 2011 – abril 2012.

El Anexo II de la Resolución estableció los sectores alcanzados en una primera etapa.
• Extracción de petróleo, gas y minerales,
• Servicio de banca y financieros,
• Aeropuerto Ezeiza y Aeroparque,
• Servicios de telecomunicación,
• Juegos de azar y apuestas.

Luego se agregaron: (con listado de empresas nominadas)
• Aceites y biocombustibles.
• Agroquímicos.
• Refinación del petróleo.
• Procesamiento de gas natural.

(*) A partir de Nov 2011 los GU del MEM nominados (aproximadamente es el 20% de la demanda de GU) deben pagar los siguientes sobrecostos.

Julio 2012: Sobrecostos Contratos MEM + Sobrecostos Importación de Brasil: 52,35 $/MWh.

2) Con subsidios: Los sectores no mencionados en el Anexo II continúan hasta nuevo aviso (**) con el precio Estacional Sancionado promedio cuyo valor para JULIO 2012 es de 63,60 $/MWh, disminuyendo durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre (período invernal) para los usuarios residenciales (Ver gráfico Precio Estacional 2009-2011).

(**) La SE informará mediante resoluciones/notas posteriores las actividades que se vayan incorporando al Anexo II.

Fuente: AGUEERA


Mediante el contenido de la Nota SE Nº 287/08 y sucesivas, la Secretaria de Energía trata de inducir a los Usuarios, cuya potencia es igual o superior al 300 KW, pasen a comprar su energía (Demanda Base) en el MEM, ya sea directamente un Generador o mediante el Distribuidor, actuando este por cuenta y orden del Usuario.

Julio 2012: El precio spot monómico (base) de la energía (potencia + energía) en el Mercado Mayorista de julio 2012 creció un 2,5% respecto del mes anterior. Comparado con julio del año 2011 decreció un 3,8 %.

La demanda de Energía eléctrica de julio 2012 creció un 4,8% respecto de julio 2011. El año móvil muestra un crecimiento del 4,2 %

La demanda de Potencia eléctrica de julio 20.912 MW decreció un 2,3% respecto de julio 2011 (21.403 MW).

Se mantiene la demanda pico de potencia; 21.949 MW del día 16 de Febrero 2012, como nuevo record histórico del MEM.

Generación: El mes de julio registró un aumento en la demanda con respecto al mismo mes del año anterior, para abastecerla hubo un importante aporte de la generación hidráulica y una indisponibilidad del parque térmico inferior a la prevista.

La baja disponibilidad de gas provocó un aumento en el consumo de combustibles alternativos, completando el despacho térmico con el uso de gas oil en ciclos combinados. Respecto a la generación Distribuida el despacho de motores diesel se realizó solo por requerimientos locales ya que no hubo exportaciones contingentes a Uruguay.

En cuanto a la generación nuclear, la central Atucha I operó normalmente durante el mes. Por su parte, la central Embalse permanece limitada al 80% de su capacidad, debido a las tareas de preparación para la extensión de su vida útil.

La oferta bruta de energía durante el mes de julio se realizó del siguiente modo; generación térmica 59,93%, hidroeléctrica 34,11 % nuclear 5,50 %.
Respecto a la generación por fuentes alternativas: (eólicas + fotovoltaicas) 0,34 %. La importación representó el 0,11 % de la oferta total bruta de energía.

Demanda Excedente: Aquellos usuarios que pagan excedentes por consumir por encima de su Demanda Base (2005) ver:

VALORIZACION DE LOS EXCEDENTES (*) SOBRE LA DEMANDA BASE ACTUALIZADOS A JULIO 2012. (click aquí)

Ver notas relacionadas:
• Precios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y Tarifas a Usuarios (click aquí).
• Se están Facturando los Excedentes sobre la Demanda Base (click aquí).

Los Usuarios cuya demanda de potencia esta por debajo de 300 KW pagan solamente el precio sancionado.

a) El gráfico muestra el precio sancionado (línea naranja); 63,60 $/MWh.

b) Respecto a los Grandes Usuarios: Mayores y Menores (GUMA- GUME) y GUDI, si están incluidos en el ANEXO II, al precio spot del gráfico se deben agregar los cargos; (Sobre costos por importación de Brasil) + (Sobre costos contratos MEM) = 52,35 $/MWh para julio 2012.

Fuente gráfico: CAMMESA

 

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