IMPORTANTE:
A partir de noviembre 2011 la Res SE Nº 1301/11 establece dos precios estacionales; Sin subsidios del Estado Nacional y Con Subsidios.
1) Sin Subsidios: La resolución modifica el precio estacional sancionado de la energía no subsidiada. El valor monómico (energía y resto de los cargos) será aproximadamente 320 $/MWh, (*) para el periodo noviembre 2011 – abril 2012.
El Anexo II de la Resolución estableció los sectores alcanzados en una primera etapa.
• Extracción de petróleo, gas y minerales,
• Servicio de banca y financieros,
• Aeropuerto Ezeiza y Aeroparque,
• Servicios de telecomunicación,
• Juegos de azar y apuestas.
Luego se agregaron: (con listado de empresas nominadas)
• Aceites y biocombustibles.
• Agroquímicos.
• Refinación del petróleo.
• Procesamiento de gas natural.
(*) A partir de Nov 2011 los GU del MEM nominados (aproximadamente es el 20% de la demanda de GU) deben pagar los siguientes sobrecostos.
Julio 2012: Sobrecostos Contratos MEM + Sobrecostos Importación de Brasil: 52,35 $/MWh.
2) Con subsidios: Los sectores no mencionados en el Anexo II continúan hasta nuevo aviso (**) con el precio Estacional Sancionado promedio cuyo valor para JULIO 2012 es de 63,60 $/MWh, disminuyendo durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre (período invernal) para los usuarios residenciales (Ver gráfico Precio Estacional 2009-2011).
(**) La SE informará mediante resoluciones/notas posteriores las actividades que se vayan incorporando al Anexo II.
Fuente: AGUEERA
Mediante el contenido de la Nota SE Nº 287/08 y sucesivas, la Secretaria de Energía trata de inducir a los Usuarios, cuya potencia es igual o superior al 300 KW, pasen a comprar su energía (Demanda Base) en el MEM, ya sea directamente un Generador o mediante el Distribuidor, actuando este por cuenta y orden del Usuario.
Julio 2012: El precio spot monómico (base) de la energía (potencia + energía) en el Mercado Mayorista de julio 2012
creció un 2,5% respecto del mes anterior. Comparado con julio del año 2011
decreció un 3,8 %.
La demanda de Energía eléctrica de julio 2012
creció un 4,8% respecto de julio 2011. El año móvil muestra un crecimiento del 4,2 %
La demanda de Potencia eléctrica de julio
20.912 MW decreció un 2,3% respecto de julio 2011
(21.403 MW).
Se mantiene la demanda pico de potencia; 21.949 MW del día 16 de Febrero 2012, como nuevo record histórico del MEM.
Generación: El mes de julio registró un aumento en la demanda con respecto al mismo mes del año anterior, para abastecerla hubo un importante aporte de la generación hidráulica y una indisponibilidad del parque térmico inferior a la prevista.
La baja disponibilidad de gas provocó un aumento en el consumo de combustibles alternativos, completando el despacho térmico con el uso de gas oil en ciclos combinados. Respecto a la generación Distribuida el despacho de motores diesel se realizó solo por requerimientos locales ya que no hubo exportaciones contingentes a Uruguay.
En cuanto a la generación nuclear, la central Atucha I operó normalmente durante el mes. Por su parte, la central Embalse permanece limitada al 80% de su capacidad, debido a las tareas de preparación para la extensión de su vida útil.
La
oferta bruta de energía durante el mes de julio se realizó del siguiente modo; generación térmica 59,93%, hidroeléctrica 34,11 % nuclear 5,50 %.
Respecto a la generación por fuentes alternativas: (eólicas + fotovoltaicas) 0,34 %. La importación representó el 0,11 % de la oferta total bruta de energía.
Demanda Excedente: Aquellos usuarios que pagan excedentes por consumir por encima de su Demanda Base (2005) ver:
VALORIZACION DE LOS EXCEDENTES (*) SOBRE LA DEMANDA BASE ACTUALIZADOS A JULIO 2012. (click aquí)
Ver notas relacionadas:
• Precios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y Tarifas a Usuarios (
click aquí).
• Se están Facturando los Excedentes sobre la Demanda Base (
click aquí).
Los Usuarios cuya demanda de potencia esta por debajo de 300 KW pagan solamente el precio sancionado.
a) El gráfico muestra el precio sancionado (línea naranja); 63,60 $/MWh.
b) Respecto a los Grandes Usuarios: Mayores y Menores (GUMA- GUME) y GUDI, si están incluidos en el ANEXO II, al precio spot del gráfico se deben agregar los cargos; (Sobre costos por importación de Brasil) + (Sobre costos contratos MEM) = 52,35 $/MWh para julio 2012.
Fuente gráfico: CAMMESA