Descuentos retroactivos para el transporte y publicación de los precios de referencia del Gas en boca de Pozo.

Se hace retroactiva al 01/01/07, la bonificación del 20% en los Cargos Específicos establecidos para la ampliación de los gasoductos troncales 2006/2008 (Fideicomiso II). Adicionalmente la Secretaria de Energía publicó en la página web del Mercado Electrónico del Gas los precios de referencia correspondientes al período Mayo - Agosto de 2007.

15/09/2007
  • DESCUENTOS RETROACTIVOS PARA EL TRANSPORTE DE GAS.
  • Tal como fuera solicitado oportunamente por la UIA, se ha instrumentado la retroactividad al 01/01/2007 de la bonificación transitoria del 20% establecida por la Resolución Resolución MPFIPyS Nº 409/2007. A tal efecto el ENARGAS ha instruido a las Transportistas, Distribuidoras y Subdistribuidoras las que deberán proceder del siguiente modo: Aplicación: A los Cargos Específicos Expansiones 2006/2008 fijados por la Resolución del ENARGAS Nº 3.689/2007. Vigencia: Tendrá vigencia a partir de las facturaciones a emitir desde el 01/09/2007 y será retroactiva exclusivamente para el período 01/01/2007 al 27/06/2007. Exposición en facturas: La bonificación deberá ser expuesta en línea separada con la identificación "Bonif. Res. Nº 409/07 MPFIPS - 1º semestre 2007". Cuotas de Financiación: Las cuotas fijadas para la percepción del Cargo Fideicomiso II correspondientes al mes de enero de 2007, se encuentran dentro del alcance de la bonificación establecida. Alcance: La bonificación se aplicará en su justa incidencia (proporcionalidad) en lo atinente al período de vigencia y su relación con la reserva firme o bien al volumen de consumo del mes a facturar, de acuerdo a la categoría de usuario que corresponda. En este último caso, el volumen consumido y facturado en el período en cuestión será dividido por la cantidad de días de ese período y multiplicado por la cantidad de días en los cuales le será aplicable la rebaja de la Resolución de marras. Forma de computar la bonificación correspondiente al 1º semestre 2007: La suma determinada como bonificación del período señalado será reintegrada en 10 cuotas iguales y consecutivas, imputándose a cada facturación que se emita a partir del 01/09/2007. Inclusión: Como caso excepcional, de no poderse incluir la bonificación en la primera factura que se emita a partir del 01/09/07, la misma deberá incluirse y exponerse discriminadamente en la facturación inmediata posterior.
  • PRECIOS DE REFERENCIA PARA LA RENOVACIÓN DE LOS CONTRATOS PARA LA PROVISIÓN DE GAS NATURAL.
  • En la página Web correspondiente al Mercado Electrónico del Gas (MEG) www.megsa.com.ar están publicados los precios de referencia elaborados por la Secretaria de Energía acorde al ANEXO III C de la Resolución SE Nº 599/2007, los cuales se reproducen a continuación: (La base 100 corresponde a los valores de los contratos realizados a diciembre de 2006)
  • ACUERDO CON PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007-2011 (Resolución SE 599/2007) INDICE DE PRECIOS ANEXO III-C - Fuente: SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

    Período

    Índice

    Mayo 2007

    108,74

     

     

    Junio 2007

    108,90

     

     

    Julio 2007

    108,90

     

     

    Agosto 2007

    109,40

     

     

    Mercado Electrónico de Gas (MEG)S.A. - 25 de Mayo 347 – Primer Subsuelo – Oficina 1701 C1002ABG Capital Federal – República Argentina - Tel: (54 11) 4316-1270/1/2/3 – Fax: (54 11) 4316-1279/80
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