La valorización de los excedentes en el mes de Noviembre 2019 decreció 29,39 % respecto a Octubre 2019 y es un 16,70 % mayor que Noviembre 2018.
Ver: SINTESIS DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) ACTUALIZADO A NOVIEMBRE 2019
Todo usuario con una potencia contratada y/o registrada igual o superior a 300 KW y que demande más energía eléctrica que la que consumió el mismo mes del año 2005, deberá pagar un sobre costo por los excedentes (ver nota: SE ESTAN FACTURANDO LOS EXCEDENTES SOBRE LA DEMANDA BASE).
Los valores indicados son valores promedios ponderados ya que la aplicación se hace por tipo de día (hábil / semi hábil / feriado) y por banda horaria (pico / valle / resto).
Mediante la Nota N° NO 2018 - 28663845 - APN - SSEE#MEM, la Subsecretaría de Energía Eléctrica, instruyó a CAMMESA para que actualice los topes del cargo por demanda excedente a partir de las Transacciones Económicas del mes de junio de 2018 y hasta nueva instrucción, los nuevos valores del tope al Cargo Excedente (CMIEE) serán:
Adicionalmente se establece que:
Transitoriamente no se acreditarán ni debitarán en las cuentas individuales las diferencias entre el costo marginal y el nuevo tope establecido.
Mediante Nota SEE Nº 111/2016 se establecen nuevos topes a partir de Febrero 2016.
Mediante la nota, SSEE Nº 0413 (13 marzo de 2015) la Sub Secretaria de Energía Eléctrica modificó los valores máximos de cargo adicional para la facturación de la demanda excedente, instruyendo a CAMMESA que:
Los nuevos valores son:
Estos valores son de aplicación a partir de las Transacciones Económicas del mes de marzo de 2015 y hasta nueva instrucción.
Mediante
Base, el cargo Medio Incremental de
Estos valores se aplican a partir de las Transacciones Económicas del mes de 1 de AGOSTO de 2011 hasta nuevo aviso
(**) Mediante Nota SSEE N° 39 19/12/2011
Antecedentes:
Tope puesto por nota SSEE Nº
Los puntos más relevantes de dicha nota establecen que: