Evolución del Costo de la energía en el Mercado Spot vs Precio Sancionado ( Enero 2000 - Enero 2012 )

El gráfico nos permite visualizar la diferencia en el precio de la energía que por la Demanda Base pagan los GUMA/GUME/GUDI (Compran su energía en el MEM de forma directa a un generador o mediante el distribuidor, que actua por cuenta y orden), frente al precio promedio que pagan los usuarios que reciben la totalidad del servicio del Distribuidor.

21/03/2012

 

 

A partir de noviembre 2011 la Res SE Nº 1301/11 establece dos precios estacionales; Sin subsidios del Estado Nacional y Con Subsidios.
 
1) Sin Subsidios: La resolución modifica el precio estacional sancionado de la energía no subsidiada. El valor monómico (energía y resto de los cargos) será aproximadamente 320 $/MWh, (*) para el periodo noviembre 2011 – abril 2012.
 
El Anexo II de la Resolución estableció los sectores alcanzados en una primera etapa:
 
• Extracción de petróleo, gas y minerales,
• Servicio de banca y financieros,
• Aeropuerto Ezeiza y Aeroparque
• Servicios de telecomunicación,
• Juegos de azar y apuestas.
 
Luego se agregaron: (con listado de empresas nominadas)
 
• Aceites y biocombustibles
• Agroquímicos
• Refinación del petróleo
• Procesamiento de gas natural
 
(*) A partir de Nov 2011 los GU del MEM nominados (aprx. 25% dem GU) pagan los Sobrecostos Contratos (SC) MEM (31 $/MWh) y el recupero de SC Brasil 2011 (24 $/MWh)
 
2) Con subsidios: Los sectores no mencionados en el Anexo II continúan hasta nuevo aviso (**) con el precio Estacional Sancionado promedio cuyo valor para dic. es de 63,56 $/MWh, disminuyendo durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre (período invernal) para los usuarios residenciales (Ver gráfico Precio Estacional 2009-2011).
 
Nota: En el gráfico CAMMESA el precio sancionado de diciembre contiene el incremento asociado a las demandas de usuarios de la Distribuidoras sin subsidios por lo que el precio medio sube algo más del 10% (a). 
 
(**) La SE informará mediante resoluciones/notas posteriores las actividades que se vayan incorporando al Anexo II.
 

 
Fuente: Agueera
 
 
Mediante el contenido de la Nota SE Nº 287/08 y sucesivas, la Secretaria de Energía trata de inducir a los Usuarios, cuya potencia es igual o superior al 300 KW, pasen a comprar su energía (Demanda Base) en el MEM, ya sea directamente un Generador o mediante el Distribuidor, actuando este porcuenta y orden del Usuario.
 
Enero 2012: El precio spot monómico de la energía (potencia + energía) en el Mercado Mayorista de enero 2012 disminuyó un 4,3% respecto del mes anterior. Comparado con enero del año 2011 disminuyó 1,9%. La demanda eléctrica de enero creció 5,5% respecto al mismo mes del año pasado.
 
Generación: Para preservar las reservas hidráulicas en función de la demanda, se despacharon todos los ciclos combinados y casi todas lasturbinas de vapor disponibles con gas, con poco uso de carbón y fuel oil; sumado a generación forzada con gas oil para cubrir requerimientos
locales.
 
La demanda de potencia pico de Enero 21. 309 MW, creció respecto delmes anterior 3,9 %. Se mantiene el record histórico de potencia generada en pico; 21.564 MW (01-08-2011).
 
El aporte de energía por fuente en el mes de Enero se distribuyó del siguiente modo; generación térmica 69,8%, hidroeléctrica 24,6 % nuclear el 5,4 %. Respecto a la generación por fuentes alternativas: eólicas 0,11% y fotovoltaicas 0,0016 %. La importación representó el 0,081 % de la oferta total bruta de energía.
 
La central Embalse trabaja al 80% de su potencia máxima por requerimientos de extensión de su vida útil.
 
Demanda Excedente: Aquellos usuarios que pagan excedentes por consumir por encima de su Demanda Base (2005) deben tener en cuenta que la Secretaria de Energía estableció a partir de agosto de 2011 los topes en 320 $/ MWh para los GUMA/GUME y 455 $/MWh para los GUDI’s.
 
Ver notas relacionadas:
 
Precios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y Tarifas a Usuarios (click aquí).
Valorización de los Excedentes sobre la Demanda Base (click aquí)
Se están Facturando los Excedentes sobre la Demanda Base (click aquí)
 
Los Usuarios cuya demanda de potencia esta por debajo de 300 KW pagan solamente el precio sancionado.
 
Fuente gráfico: CAMMESA
 
 
a) El gráfico muestra el precio sancionado (línea naranja).
 
b) Respecto a los Grandes Usuarios: Mayores y Menores (GUMA- GUME) y GUDI, si están incluidos en el ANEXO II, al precio spot del gráfico se deben agregar los cargos; (Sobre costos por importación de Brasil) + (Sobre costos contratos MEM) = 55 $/MWh para diciembre 2011
 
 
 

 

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