Generalización del uso de la factura electrónica en el comercio exterior.
Hasta el momento solamente era obligatoria para los titulares de los depósitos fiscales.
Quedan exceptuadas las destinaciones realizadas bajo la modalidad de exportación por cuenta y orden de terceros.
En la pagina web de la Administración Federal de Ingresos Públicos se encuentra el detalle completo de cómo proceder para implementar el régimen.
Para ello la ruta es la siguiente:
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www.afip.gob.ar
- Impositiva ( esquina superior izquierda de la pagina)
- Contribuyentes del Regimen General (ingresar)
- Infomaciones y servicios
- Factura electrónica.
En esa página se encuentran las siguientes opciones.
ATENCION EXPORTADORES
Para conocer las características y particularidades del nuevo régimen,
ingrese aquí
Demo Interactiva del “Facturador en Línea”
Demo Interactiva de "Facturación Plus"
Instructivo Sistema María: "Cierre de Permisos de Embarque con Facturas Electrónicas de exportación"