Nuevo plan de facilidades de AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un nuevo plan de facilidades de pago de deudas fiscales y de recursos de la Seguridad Social, publicando hoy en el Boletín Oficial la Resolución N° 3827/2016. Una medida por la que la UIA venía trabajando desde hace tiempo y por la que estuvo realizando constantes gestiones para su sanción.

11/02/2016

Las principales características de la Resolución N° 3827/2016 son: 

  • • El plan será permanente, a diferencia de lo que existía con anterioridad.
  • Se podrán incluir, para la cancelación total o parcial, los siguientes ítems:
    1. - obligaciones impositivas y de los recursos de seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas;
    2. - obligaciones, multas y cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación, así como sus intereses y actualizaciones;
    3. - saldos pendientes por obligaciones incluidas en planes de pago caducos;
    4. - aportes de trabajadores autónomos;
    5. - aportes de trabajadores en relación de dependencia con destino a SIPA y INSSJP;
    6. - impuesto integrado y componente previsional de los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS); 
    7. - deudas en discusión administrativa, contencioso – administrativo, judicial o en ejecución judicial;
    8. - retenciones y percepciones impositivas incluidas en ajustes de inspección
    9. - el impuesto establecido en el art. 37 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que recae sobre las erogaciones no documentadas.
  • NO se podrá incluir:
    1. - las deudas en concepto de retenciones y percepciones impositivas o previsionales;
    2. - anticipos y/o pagos a cuenta;
    3. - deudas de IVA por importación de servicios;
    4. - obligaciones por aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales, o a la seguridad social para empleados del servicio doméstico y trabajadores de casas particulares, o de trabajadores en relación de dependencia adheridos al RS, o al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios;
    5. - las cuotas y deudas de planes vigentes;
    6. - las cuotas  destinadas a las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART);
  • • Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.
  • • El plan puede ir de 3 a 24 cuotas, el tope está determinado por el concepto de lo que se adeuda.
    1. - Las deudas de aportes de trabajadores en relación de dependencia podrán refinanciarse como máximo en 3 cuotas
    2. - Para las obligaciones impositivas y de seguridad social se tiene la posibilidad de obtener hasta 6 cuotas
    3. - Para deudas por autónomos y monotributo el plan se extiende a un tope de 20 cuotas
    4. - Las obligaciones por ajustes de inspección pueden refinanciarse hasta en 24 cuotas.
  • • La cuota mensual del plan de facilidades de pago no podrá ser inferior a:
    1. - $ 500 para los planes de deudas de autónomos y monotributo, y 
    2. - $ 1.000 para el resto de los planes. 
  • • La tasa de financiación del plan de facilidades será variable y se actualizará mensualmente. Para ello, se tomará como referencia la tasa nominal anual (TNA) del Banco Nación de plazos fijos a 180 días, que se publica los días 20 de cada mes. Sin embargo, a dicha tasa se le adicionará: dos puntos para aquellos contribuyentes con un ingreso anual igual o inferior a 91 millones de pesos, y seis puntos para los que tengan un ingreso anual superior a dicho monto.
  • • Para adherir al plan se deberá declarar su “Domicilio Fiscal Electrónico” y cargar las obligaciones a regularizar, vía Internet, en el servicio denominado Mis Facilidades, ingresando previamente CUIT / Clave Fiscal.
  • • Las cuotas se cancelarán mediante débito directo en cuenta bancaria. Los vencimientos operarán el día 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se formalice la adhesión. De no efectivizarse el débito, se hare un segundo intento el día 26.

Con la puesta en funcionamiento de la Resolución N° 3827/2016 se ve materializado el trabajo que se realiza desde la Unión Industrial Argentina para mejorar las condiciones económicas y financieras de nuestros asociados.
Ante cualquier duda comunicarse vía mail con el Departamento de Política Tributaria tributaria@uia.org.ar y con Nicolás Eliçabe, Coordinador de Departamentos nelicabe@uia.org.ar

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