Según surge de la publicación en el Boletín Oficial, la terminación fue comunicada por medio de una nota de fecha 29 de junio de 2012.
Ello así, el Convenio dejaría de tener efecto en ambos países:
(i) En relación con los impuestos en la fuente sobre cantidades pagadas a no residentes a partir del 1 de enero de 2013.
(ii) En relación con los demás impuestos, a los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2013.